Martes, 12 Agosto 2014 20:37

El proyecto de Código de Familias deja el plural en las palabras

Escrito por

La Constitución Política del Estado sólo reconoce a las familias nucleares, las que se conforman a través del matrimonio o la unión de hecho entre un hombre y una mujer. Esta limitación impide modificaciones sustanciales al nuevo proyecto del Código de Familias, que actualmente está en revisión en la Cámara de Senadores.

Milen Saavedra / La Paz              

Enriqueta Tórrez tiene una hija de 11 años, Andrea, y, desde mediados de 2011, se ha convertido también en la madre de sus sobrinas Patricia y Julieta, de 11 y 15 años. Ellas son las hijas de su hermana Guadalupe, quien falleció a causa del cáncer. El padre de las adolescentes no pudo hacerse cargo por dificultades económicas, de manera que el grupo de sólo mujeres, en el que no hay papás, no hay tíos ni abuelos, según las leyes en vigencia, no es una familia.

En el país se conforman diversos tipos de familias que no están tomadas en cuenta en el proyecto del Código de Familias, lo que para los especialistas en la materia resulta un retroceso legal. “Hay familias como las extendidas de padres, hermanos, tíos, abuelos u otros familiares que viven en un mismo lugar y las uniparentales, de padres solteros o divorciados que viven con sus hijos”, explica Martín Vidaurre, jefe nacional del Programa “Iguales ante la ley” de la ONG Capacitación y Derechos Ciudadanos (CDC).

A estos dos modelos se suman “las familias no parentales, de personas sin relación de parentesco que se unen y que viven con reglas comunes; las comunitarias, que se apegan a modelos y procedimientos en los que se organizan las familias en las naciones y pueblos indígenas; y las homoparentales de parejas del mismo sexo”, continúa el especialista, quien opina que el proyecto no hace sino copiar el actual Código de Familia y añadirle ciertas modificaciones.

El proyecto actualmente está en revisión en la Comisión de Constitución del Senado. Luego de su consideración pasará a ser debatido por la sesión plenaria en la Cámara de Senadores. Si fuera aprobado este año, entraría en vigencia en agosto de 2015.

Hombre y mujer

“Es preocupante la situación en la que queda el resto de las familias no nucleares, porque serán las más desprotegidas”, manifiesta Heldy Cárdenas, directora del CDC. Pese a la pluralidad que se plantea desde el nombre, Código de Familias, el proyecto sólo reconoce a la familia nuclear, que es la que se conforma entre un hombre y una mujer, como dicta la Iglesia Católica, la única reconocida por la Constitución Política del Estado (CPE), explica. Y aquí está la raíz del problema.

La CPE se constituye en la matriz de todas las normas del país y, aunque ciertamente reconoce a la familia nuclear como la base de la sociedad (artículo 62), también reconoce a la comunidad GLBT y le garantiza una vida libre de discriminación (artículo 14, inciso II).

Por ello, hace tres semanas, cuando los diputados aprobaron en grande y en detalle el Proyecto de Ley 060/2014 del Código de las Familias y del Proceso Familiar, los miembros de la comunidad GLBT (gays, lesbianas, bisexuales, travestis, transexuales, transgénero y transformistas) se apostaron en las puertas de la Asamblea Legislativa Plurinacional para pedir que se incluya a las familias homoparentales. Una solicitud que el vicepresidente del Estado y también presidente de la Asamblea, Álvaro García Linera, se comprometió a viabilizar para que sea considerada entre los legisladores.

ViceDavid Aruquipa, Presidente Nacional de la Comunidad TLGB presenta su demanda al Vicepresidente Álvaro García Linera FOTO: Milen Saavedra

Si de familias hablamos…

Andrés (29) es, desde hace 10 años, responsable de sus hermanos menores y de sus abuelos. “El anteaño pasado, por fin conseguí un trabajo con ítem y seguro médico en la Caja Nacional de Salud (CNS). Pero cuando quise asegurar a mis hermanos y mis abuelos, que ya están muy mayores y se enferman con frecuencia, me dijeron que no iba a ser fácil”, cuenta Andrés. “Luego, me explicaron que el seguro sólo abarca a la esposa y los hijos, que para afiliar a otras personas tendría que pagar un monto extra y hacer otro trámite que es extremadamente burocrático y para el que no tengo tiempo”.

Un selfie entre madre e hija FOTO: Tomada del sitio http://2.bp.blogspot.com

“Durante la socialización del proyecto del Código de las Familias, el Comité de Control Constitucional y Armonización Legislativa aseguró que se reconocería esta diversidad de familias que son una realidad en el país. Sin embargo, en el reciente documento aprobado por la Cámara Baja, no están reconocidas, mucho menos se explica cómo están conformadas”, explica Vidaurre.

A comienzos de este año, Enriqueta casi no pudo inscribir a sus sobrinas en el colegio porque “deben ser los padres los responsables”, le respondieron las autoridades del centro educativo. “Me hice amiga de la secretaria del establecimiento y ella me ayudó a inscribir a mis sobrinas porque conocía nuestros antecedentes familiares. De lo contrario, tendría que haber hecho un trámite adicional que incluía al padre de las niñas, para que él me dé y firme un documento de apoderada. Esta opción, por la situación que afrontábamos, era algo casi imposible”.

“Casos como éstos se repetirán si es que se aprueba este nuevo proyecto del Código de las Familias de la forma en que está redactado ahora. Muchas personas permanecerán igual o más vulneradas en sus derechos. Poco o nada se está avanzando en materia de leyes para la familia”, lamenta Cárdenas.

Mamasola

Los huecos legales del proyecto

Martín y Gustavo fueron pareja por más de 30 años. Construyeron su patrimonio que incluía una casa, un auto, una moto y ahorros conjuntos. La propiedad y el auto legalmente eran de Martín, pero él falleció el año pasado por un accidente. Gustavo, quien le acompañó durante todos esos años, no pudo heredar la casa porque Martin no alcanzó a dejar un testamento. “Sus padres y su hermana se quedaron con la casa y el auto. Yo me quedé en la calle”, recuerda Gustavo, quien reclama a los legisladores el reconocimiento de la familia homoparental.

¿Otro caso? Zulema es una joven que tiene dos hijos y completó su familia con Pilar, su pareja desde hace tres años. “Como la gente aún no acepta la unión de parejas del mismo sexo, y las leyes no nos respaldan, nuestros hijos fueron discriminados en el colegio por sus compañeros y los padres de familia”, cuenta. “Si se reconociera nuestra unión, se contribuiría a que la sociedad acepte a familias como la nuestra”.

Al no ser tomados en cuenta en el nuevo Proyecto de Ley del Código de las Familias, personas como Enriqueta, Andrés, Zulema, Gustavo y muchas otras seguirán sufriendo la vulneración de sus derechos como jefes de familia y el propio cumplimiento de sus deberes, por ejemplo la asistencia familiar.

Para resguardar sus bienes económicos, las familias, principalmente las homoparentales, no parentales y comunitarias, tienen que recurrir a otro tipo de leyes y trámites morosos y extremadamente burocráticos. “Si este nuevo proyecto reconociera a las familias no tradicionales de manera específica, se eliminarían estos procesos largos que incluso son discriminatorios”, comenta Vidaurre. De lo contrario, no podrán decidir sobre temas médicos, como operaciones de alto riesgo o intervenciones de emergencia, que afecten a su familia.

En cuanto a las familias extendidas y uniparentales, es probable que deban realizar procesos legales un poco más cortos que los anteriores, pero, de igual forma, se verán vulneradas y discriminadas.

familiaExtendidaEjemplo de una familia extendida, que está conformada por abuelos, hijos y nietos, entre otros, que viven en un mismo lugar FOTO: Tomada del sitio http://pendulo.mx

Sobre la gravedad del panorama, en una reciente conferencia de prensa, el Defensor del Pueblo, Rolando Villena, observó el proyecto como no inclusivo. “Aún subsiste una visión adultocentrista. Establece como excepciones, y no como norma, la consulta de la opinión de los niños y adolescentes sobre temas fundamentales como la disposición de bienes comunes, la tutela, las reglas jurídicas para determinar la relación con sus padres separados y la declaración en procesos de divorcio”, explica.

Agregó que el Proyecto “no considera la asistencia familiar en favor de las mujeres sino sólo de los hijos. Se debe considerar el grado de vulnerabilidad de las mujeres que asumen el papel de padre y madre. El Estado debería garantizar el cuidado de las madres y sus hijos, asegurándoles la generación de capacidades para trabajar en algún oficio o profesión”, dijo el defensor.

Una norma llena de contradicciones

Según Flavia Marco Navarro, autora del estudio “Legislación comparada en materia de familias. Los casos de cinco países de América Latina” que realizó para la Comisión Económica para América Latina (CEPAL), el Código de Familia vigente es conservador y atribuye significativas responsabilidades a sus miembros. Sin embargo, las legislaciones laborales no brindan ni medios, ni facilidades para cumplir estas obligaciones. “Estos aspectos tampoco se ven mejorados por el nuevo Código”, agrega Cárdenas.

Cuando se escucha que es un Código de las Familias se entiende que se trata de una norma inclusiva y que reconoce la pluralidad real. Sin embargo, los expertos que analizaron el texto explican que el contenido no concuerda con el nombre. “En el artículo 8 se menciona que se respeta la existencia de familias no nucleares. Se señala que se reconoce las diversas formas de familias en igualdad de condiciones, debido a la dinámica social y la cualidad plurinacional de la sociedad boliviana, con instituciones de familia que les son comunes. Pero luego, en los siguientes artículos, el término es olvidado”, explica Vidaurre.

De aprobarse esta norma, Bolivia quedaría con un Código de las Familias obsoleto y en descuerdo con la realidad actual. Desde 2012, por ejemplo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos reconoce la diversidad de familias.

Ese reconocimiento se dio a raíz del caso de Karen Atala, una jueza chilena que al dar fin a su matrimonio, quedó a cargo de sus tres hijas. Posteriormente, la jueza inició una relación con una pareja de su mismo sexo. Su esposo, al enterarse de la situación, demandó la custodia de las niñas por considerar que “la orientación sexual de su madre y la vida que llevaba ponían en peligro su desarrollo emocional y físico”. El proceso, que se denominó Caso Atala Riffo y Niñas Vs. Chile, llegó a la Corte Interamericana que, al final, estableció que la discriminación basada en la orientación sexual no se puede permitir en los Estados miembros de la Convención.

La sentencia indica que la Corte Interamericana no tiene un concepto cerrado de familia, ni mucho menos protege únicamente el modelo tradicional. Para la entidad el concepto de vida familiar “no está reducido sólo al matrimonio y debe abarcar otros lazos familiares de hecho donde las partes tienen vida en común fuera del matrimonio”.

Homoparentales y otros

“La Constitución Política del Estado garantiza que no se discriminará a una persona por su orientación sexual, sin embargo, el mismo documento señala que sólo pueden contraer matrimonio y unión libre o de hecho un hombre con una mujer. Desde un punto de vista legal existe una contradicción porque pone un candado al derecho a formar una familia de una persona gay, lesbiana, bisexual o trans”, explica Vidaurre, quien también es asesor legal de algunas organizaciones del movimiento GLBT.

Por eso, el Colectivo TLGB Bolivia, organización que reúne a más de 40 asociaciones, propone una tercera figura legal para la unión entre dos personas del mismo sexo que denominan “Acuerdo de Vida en Familia” (AVF). “Las personas del mismo sexo que quieran formar una familia van a poder legalizar su vínculo y tener todos los derechos y obligaciones que conlleva tener una familia, a través de un contrato que estaría registrado ante el mismo Servicio de Registro Cívico (SERECI)”, explica Ricardo Cordón, presidente de la Asociación en el departamento de La Paz.

Vidaurre destaca tres aspectos de la propuesta. “Primero, esta figura legal no está prohibida, por lo que debe ser considerada por los legisladores. Segundo, sustentamos nuestros argumentos en los artículos 8, 14 y 62 de la CPE. Tercero, no queremos que se promulgue el Código sin reconocer a las familias de parejas del mismo sexo, porque después no se va a poder hacer una ley especial para el Acuerdo de Vida en Familia”.

La propuesta fue presentada el 22 de julio a Eugenio Rojas, presidente de la Cámara de Senadores, quien respondió que será analizada por un equipo técnico y legal en el Senado. Sin embargo, la reunión en que se daría una respuesta fue aplazada hasta la semana del 15 de agosto.

Por el momento, esta demanda también logró el apoyo del Defensor del Pueblo, quien señaló que, tomando en cuenta el reconocimiento internacional de los derechos de la población GLBT y la prohibición a toda forma de discriminación explícita en la CPE, “se debe incorporar en este nuevo Código de las Familias una institución análoga al matrimonio o unión libre de hecho para personas de mismo sexo”.

Aunque el nuevo Código de las Familias reconozca este Acuerdo de Vida en Familia que plantea la comunidad GLBT, aún queda pendiente la situación de esas “otras” familias, las que se conforman por los lazos del afecto y no así por un papel. Al menos es lo que espera Cecilia, madre soltera de una joven y tía de un muchacho, hijo de su hermana también soltera, cuyos gastos paga ella y que no puede beneficiarse de los descuentos para hermanos que ofrece la Universidad Católica Boliviana, pues los certificados de nacimiento de los estudiantes indican que tienen distintas mamás. “Y no voy a adoptar a mi sobrino, pues sería negar que tiene su propia mamá”.

Visto 5234 veces Modificado por última vez en Miércoles, 13 Agosto 2014 10:50
La Pública

La Pública es un proyecto que busca crear y gestionar espacios para el ejercicio ciudadano a través de redes sociales y fuera de ellas, articulando para ello el periodismo digital y el activismo.

fb htw hyt h

lp15

 

La Paz - 71597592
Cochabamba - 71786333
Santa Cruz - 71528022

 

cc